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Preguntas Frecuentes del Condado de Overland

  • ¿Cómo Obtengo una Licencia?
    • Click Aquí para mayor información.
  • ¿Qué formas de pago aceptan?
    • Sí, aceptamos efectivo, cheque, giro postal, cheque de caja, Visa, MasterCard y Discover.
  • ¿Cuál es el propósito del Programa de Licencias para Contratistas?
    • El propósito es proteger el bienestar público asegurando que quienes emprenden la construcción, alteración, reparación o demolición de estructuras estén calificados para realizar tales servicios. hacer clic Aquí para ver la resolución.
  • ¿Quién debería sacar una licencia?
    • Cualquier contratista que construya, altere, repare o demuele cualquier estructura o parte de la misma. En general, si su empresa tiene que obtener un permiso para operar su negocio, entonces debe tener una licencia. Esto incluye a TODOS los contratistas, contratistas generales, contratistas de construcción, contratistas residenciales, contratistas mecánicos, de plomería, eléctricos, de rociadores contra incendios y de piscinas. Si su empresa tiene alguna pregunta, llame a la ciudad en la que está haciendo negocios para ver si requieren una licencia.
  • No tengo un título, ¿cómo tomaría la prueba reconocida a nivel nacional para calificar?
    • Esta oficina patrocinará a las personas para la prueba Prometric o proporcionará información para los exámenes ICC (International Code Council). El condado de Johnson no tiene un programa de Journeyman, por lo tanto, en este momento no patrocinamos a personas para los exámenes de Journeyman. Si desea realizar un examen de oficial, le recomendamos que se comunique con una de las siguientes jurisdicciones.
      Topeka - (785) 368-3704
      Leavenworth - (913) 680-2626
      Lawrence - (785) 331-1343
      Por favor contactar 913-715-2233, para informacion adicional. Para los Exámenes Nacionales de Constructores Reconocidos, visite el sitio del Consejo Internacional de Códigos para encontrar información sobre los exámenes. Puede solicitar en línea para tomar la prueba y comprar material de estudio. Puede obtener el material de referencia del código de construcción en la librería ICC en 11711 West 85th Street, Lenexa, Kansas 66215. El número de teléfono es 913-888-0304.
  • ¿Puedo tener más de un individuo calificado por compañía?
    • Sí. Cada individuo que califique debe proporcionar la documentación que califique. No hay tarifa adicional para personas calificadas adicionales a menos que estén solicitando una nueva licencia que la compañía no posee actualmente.
  • ¿Puede una empresa utilizar al mismo individuo para calificar para más de una licencia?
    • Sí. La persona calificada debe completar una solicitud de licencia para cada licencia. Los costos de registro para una empresa son de $100.00 y cada licencia es de $225.00.

Preguntas Frecuentes del Condado de Johnson

  • ¿Cómo sé si necesito una licencia?
    • Depende de la ciudad donde se solicitará el permiso. Números de Teléfono de la Ciudad. Comuníquese con la jurisdicción correcta y determine qué licencia, si se requiere alguna. Cada ciudad puede diferir.
  • ¿Alguien está excluido?
    • a) Un empleado o agente que trabaja para y bajo la supervisión de un contratista con licencia para el tipo de construcción, alteración, reparación o demolición que se está realizando; y
    • b) Un propietario que ocupe u ocupará personalmente y emprende la construcción, alteración, reparación o mantenimiento de la residencia unifamiliar de dicho propietario o una estructura accesoria a la misma. No obstante lo anterior, para los fines de esta sección, cualquier propietario que emprenda la construcción de una nueva residencia para ocupación personal de dicho propietario más de 3 veces en cualquier período de 5 años se considerará un "contratista". - haga clic aquí para ver la resolución.
  • ¿Quién es responsable del trabajo?
    • Tras la emisión de un permiso de construcción a un contratista con licencia, dicho contratista con licencia será responsable de todo el trabajo realizado de conformidad con dicho permiso de construcción, incluido el trabajo realizado por los empleados, agentes y subcontratistas del contratista con licencia: haga clic en Aquí para ver la resolución.
  • ¿El contratista tiene que estar asegurado?
    • Sí, todo contratista autorizado con una "licencia activa" debe mantener vigente una póliza de seguro de responsabilidad civil general que incluya la cobertura de operaciones completadas. Los contratistas con licencia deben proporcionar evidencia de seguro para obtener y mantener una licencia - haga clic Aquí para ver la resolución. Requisitos de Seguro
  • ¿Qué tipo de licencias hay disponibles?
  • ¿Quién puede firmar permisos de construcción?
    • Una empresa con licencia puede designar a una o más personas que estarán autorizadas para obtener permisos de construcción en nombre de la empresa con licencia. No se requiere que dichas personas tengan una licencia; sin embargo, deben estar registradas como "Permisionarios" para la empresa con licencia.
  • ¿Necesito educación continua para mantener mi licencia?
    • Sí. Cada individuo calificado debe completar un mínimo de 8 horas de educación continua por clase de licencia como lo requiere el Junta de Revisión de Licencias para Contratistas cada año calendario. Los costos de las clases patrocinadas por Contractor Licensing están cubiertos por la tarifa de licencia anual, para personas calificadas con licencia. El programa de licencias para contratistas ofrecerá clases gratuitas a todas las personas calificadas durante todo el año. Las clases ofrecidas a través de otras organizaciones pueden calificar para créditos de educación continua si son aprobadas por el CLRB.
  • ¿Qué es la Junta de Revisión de Licencias para Contratistas, CLRB?
  • ¿Se requiere que mis empleados sean contratistas calificados?
    • No, un empleado o agente que trabaje para y bajo la supervisión de una empresa calificada con licencia para el tipo de construcción, alteración, reparación o demolición que se está realizando no necesita tener licencia. Las empresas deben contratar a una persona calificada antes de poder obtener la licencia.
  • Como dueño de casa, ¿tengo que tener licencia?
    • Un dueño de casa que emprende personalmente la construcción, alteración, reparación o mantenimiento de su residencia unifamiliar, en la cual residirá, o una estructura accesoria en su propiedad no tiene que tener licencia. Sin perjuicio de lo anterior, todo propietario que emprenda la construcción de una nueva residencia para su ocupación personal más de 3 veces en cualquier período de 5 años se considerará “contratista” y deberá obtener una licencia.