Se puede experimentar a un individuo desde cualquier lugar de los EE. UU. Toda su experiencia debe documentarse, ya que deberá satisfacer los requisitos de la junta. F.S. 489 no requiere que se adquiera experiencia dentro de los límites geográficos del Estado de Florida.
A continuación, verá las diferencias entre la experiencia de las licencias estatales de construcción, electricidad y contratista de protección contra incendios.