Calificador de Licencia de Contratista de California

Cada licencia requiere un calificador que supervisa y controla directamente las operaciones de construcción realizadas bajo la licencia. Esta persona debe tener al menos 18 años y cuatro años de experiencia laboral al menos a nivel de oficial en los últimos 10 años en la clasificación (oficio específico) que se solicita. El calificado deberá tomar y aprobar los exámenes requeridos antes de que CSLB pueda emitir una licencia.
Si no cumple con los requisitos mínimos, solicite un Licencia de contratista de California una vez que lo hagas. Mientras tanto, para trabajar legalmente, debe elegir a otra persona que cumpla con los requisitos para actuar como calificador o trabajar para un contratista con licencia hasta que cumpla con los requisitos.
Para más información revisa Una guía para convertirse en un contratista con licencia de California.

Información del Calificador

Si el calificado necesita tomar uno o ambos exámenes de licencia

  • Puede solicitar solo una clasificación a la vez. Después de que CSLB emita su licencia, puede solicitar cualquier clasificación adicional.
  • Envíe la solicitud, la tarifa de procesamiento de la solicitud no reembolsable de $ 330 y todos los documentos de la solicitud requeridos (no envíe ningún bono ni la tarifa de licencia inicial con su solicitud) a:
    Junta Estatal de Licencias de Contratistas
    P.O. Box 26000
    Sacramento, CA 95826
  • Después de que el calificado apruebe los exámenes, CSLB enviará información sobre cómo enviar la tarifa de licencia inicial de $200 y otros documentos requeridos (fianzas, prueba de seguro de compensación para trabajadores, etc.) antes de que podamos emitir una licencia. Envíe todos los documentos requeridos juntos para evitar demoras. CS

Si el Calificador no Necesita Tomar un Examen

  • Puede enviar una solicitud original para más de una clasificación a la vez si cumple con los requisitos legales para una exención.
  • Envíe una solicitud y las tarifas de solicitud. (Puede enviar la tarifa de procesamiento de solicitud de $330 y la tarifa de licencia inicial de $200, además de $75 por cada clasificación adicional en este momento) a:
    Junta Estatal de Licencias de Contratistas
    P.O. Box 26000
    Sacramento, CA 95826

Los siguientes elementos son necesarios antes de que CSLB pueda emitir una licencia activa

  • Una fianza de contratista, o equivalente, a nombre de la empresa del solicitante. Además, si corresponde, una fianza de persona calificada o declaración de exención para cada director gerente responsable o empleado gerente responsable (la fianza de persona calificada debe estar a nombre de las personas calificadas y el negocio). Obtenga más información sobre los bonos en www.cslb.ca.gov (buscar: fianzas).
  • Comprobante de seguro o exención de compensación para trabajadores (si no tiene empleados, debe presentar un certificado de exención). Obtenga más información sobre la compensación de los trabajadores en www.cslb.ca.gov (buscar: compensación de trabajadores).
  • Si la licencia es calificada por un empleado gerente responsable, el calificador se considera un empleado y se requiere un seguro de compensación para trabajadores. No se debe presentar un certificado de exención.
  • Todos los contratistas de techos C-39 deben tener un seguro de compensación para trabajadores, independientemente de si tienen o no empleados

¿Quién es el calificador?

Un "calificado" es la persona que figura en los registros de la CSLB que cumple con los requisitos de experiencia y examen para la licencia. Se requiere un calificador para cada clasificación en cada emisión de licencia CSLB.

¿Qué debe hacer el calificador?

El calificador para una licencia debe tomar y aprobar todos los exámenes requeridos, así como someterse a una verificación de antecedentes penales. Después de que se emite la licencia, el calificador es responsable de ejercer la supervisión y el control directos de las operaciones de construcción del empleador (o del principal).

¿Quién puede ser calificador?

  • Licencia de propiedad exclusiva: el propietario o un empleado administrativo responsable (RME) puede servir como calificador.
  • Licencia de sociedad: Cualquiera de los socios generales (que se designará como socio calificado) o una RME puede servir como calificador.
  • Licencia corporativa: cualquiera de los funcionarios actuales enumerados en los registros de la CSLB para la licencia (que será designado como el funcionario administrativo responsable, o RMO) o un RME puede servir como calificador.
  • Licencia de compañía de responsabilidad limitada: un miembro gerente responsable, un gerente gerente responsable, RMO o RME puede servir como calificador

Si el calificado es un RME, debe ser un empleado de buena fe de la empresa y no puede ser el calificado en ninguna otra licencia CSLB activa. El RME debe estar empleado de forma permanente por la empresa y participar activamente en la operación del negocio de contratación por lo menos 32 horas por semana o el 80 por ciento del total de horas de operación del negocio por semana, lo que sea menor.

¿Puede la misma persona servir como calificador para más de una licencia activa?

Sí. Pero solo si existe una de las siguientes condiciones:

  • Existe una propiedad común de al menos el 20 por ciento del capital social de cada empresa para la cual actúan como calificadores; o
  • La empresa adicional es una subsidiaria o una empresa conjunta con la primera empresa (la empresa matriz debe tener una licencia CSLB); o
  • En el caso de sociedades, corporaciones o LLC, la mayoría de los socios, funcionarios o miembros/gerentes son los mismos para cada empresa.

Incluso si existe una de las condiciones anteriores, una persona puede actuar como calificador para no más de tres empresas en un período de un año.

¿Una condena penal impedirá que alguien obtenga una licencia de contratista o sirva como calificador?

No necesariamente. CSLB puede denegar una licencia si la condena penal está sustancialmente relacionada con los deberes, funciones y calificaciones de un contratista. Sin embargo, incluso en tales circunstancias, la CSLB puede emitir una licencia si la persona ha demostrado una rehabilitación suficiente.

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