Comenzando una Empresa Constructora en Florida

Hay 5 pasos en el proceso de creación de un negocio de construcción en Florida, desde la inexistencia hasta la posibilidad de cobrar a sus clientes por servicios de construcción legalmente.

  1. 1

    Presente sus artículos de incorporación (sunbiz.org)

  2. 2

    Obtenga la licencia de su contratista del Estado (del condado en algunos casos)

  3. 3

    Obtenga un recibo de impuestos o una licencia ocupacional de su condado

  4. 4

    Obtener Seguro de Responsabilidad Civil e Indemnización Laboral

  5. 5

    Regístrese en el departamento de construcción de su condado

Florida es uno de los mercados de construcción más grandes de los EE. UU. Y, como tal, está estrictamente regulado.

Las empresas constructoras de todo Estados Unidos consideran que el estado del sol es muy rentable, pero hay una trampa, está estrictamente regulado. Si aún no está incorporado, debe hacerlo a través de FloridaSecretaria de Estado. Una vez que tenga una entidad comercial, debe preocuparse por las personas que regulan su industria. La FloridaDBPR Tiene dos tableros que construyen regularmente y contratistas eléctricos respectivamente. En la mayoría de los casos, primero debe obtener una licencia de ellos para poder participar en la actividad de construcción.

La licencia que una de las juntas expide al contratista a veces se conoce como un certificado de competencia y es un requisito para obtener sulicencia ocupacional. La licencia ocupacional es solo un recibo de impuestos, lo que debe pagar para hacer negocios en un condado en particular. Para que pueda obtener un recibo de impuestos, debe tener un certificado de competencia (la licencia que dice que es un contratista).

Una vez que tenga su licencia de contratista y su licencia comercial (certificado de competencia y licencia ocupacional, respectivamente), debe ir y registrarse en su departamento de construcción local. Le exigirán que presente un comprobante de seguro de responsabilidad civil y compensación laboral.

Compañías de seguros que entienden las necesidades del contratista

Título XXXII REGLAMENTO DE PROFESIONES Y OCUPACIONES Capítulo 489 Construcción Contratación

{sh404sef_social_buttons}

Escribir un comentario

Enviar