Planificación de las construcciones de acuerdo al código de construcción residencial de la Florida

Criterio de diseño

Aplicación

Los edificios y estructuras, deberán construirse para soportar de manera segura todas las cargas, vivas y muertas. La construcción de edificios y estructuras de acuerdo con las disposiciones del código dará como resultado un sistema que proporcione una ruta de carga completa que cumpla con los requisitos para la transferencia de cargas desde su punto de origen a través de los elementos resistentes a la carga hasta los cimientos.

Excepción

Los edificios y estructuras ubicados dentro de la zona de huracanes de alta velocidad deberán cumplir con las disposiciones del Capítulo de "zona de huracanes de alta velocidad".

Disposiciones alternativas

Los siguientes estándares están permitidos sujetos a las limitaciones del código. Cuando el diseño de ingeniería se usa junto con estas normas, el diseño debe cumplir con el Código de Construcción residencial de Florida.

  • Manual de construcción de marcos de madera AF & PA.
  • Norma AISI para el enmarcado de acero conformado en frío Método descriptivo para viviendas de una y dos familias (AISI S230).
  • Norma de ICC sobre el diseño y construcción de estructuras de troncos (ICC 400).

Sistemas de construcción

Los requisitos del código se basan en la construcción de la plataforma y el marco del globo para edificios de estructura ligera. Los requisitos para edificios de concreto y mampostería se basan en un sistema de enmarcado de globos.

Diseño de ingeniería

El alcance de este diseño solo necesita demostrar el cumplimiento de elementos no convencionales con otras disposiciones aplicables y debe ser compatible con el rendimiento del sistema enmarcado convencional. Diseño de ingeniería de acuerdo con el Código de Construcción de Florida, la construcción está permitida para edificios y estructuras.

Criterios de diseño climático y geográfico

Los edificios se construirán de acuerdo con las disposiciones del código según lo limitado por las disposiciones de esta sección.

Criterios de diseño del viento

Los edificios se construirán de acuerdo con las disposiciones sobre viento del código utilizando la velocidad del viento de diseño final. Cuando se utilizan diferentes métodos de construcción y materiales estructurales para varias partes de un edificio, se aplicarán los requisitos aplicables de esta sección para cada parte. Se debe proporcionar una ruta de carga continua para transmitir las fuerzas de elevación aplicables desde el ensamblaje del techo hasta los cimientos.

Se requieren limitaciones de viento y diseño de viento

Las disposiciones prescriptivas del código para la construcción de madera, la construcción de estructuras de acero de luz en frío y la construcción de mampostería no se aplicarán al diseño de edificios donde la velocidad máxima del viento de diseño, (V ult) sea igual o superior a 115 millas por hora.

Cuartos de sol

Las habitaciones solares deben cumplir con las normas AAMA/NPEA/NSA 2100. Con el propósito de aplicar estos criterios en función del uso previsto, el solicitante del permiso o el profesional de diseño deben identificar las habitaciones solares como una de las siguientes categorías.

Categoría I

Una terraza acristalada aislada térmicamente con paredes abiertas o encerradas con mosquiteros o película de plástico de 0,5 de espesor máximo. El espacio es no habitable e incondicionado.

Categoría II

Terraza acristalada aislada térmicamente con paredes cerradas. Las aberturas están cerradas con plástico o vidrio translúcido o transparente. El espacio es no habitable e incondicionado.

Categoría III

terraza acristalada aislada térmicamente con paredes cerradas. Las aberturas están cerradas con plástico o vidrio translúcido o transparente. La fenestración de la habitación solar cumple con los requisitos adicionales de resistencia a la infiltración de aire y resistencia a la penetración de agua. El espacio es no habitable e incondicionado.

Categoría IV

Terraza acristalada aislada térmicamente con paredes cerradas. La cámara solar está diseñada para ser calentada o enfriada por un sistema o control de temperatura separado y está aislada térmicamente de la estructura primaria. La fenestración de la habitación solar cumple con los requisitos adicionales de resistencia a la penetración de agua, resistencia a la infiltración de aire y rendimiento térmico. El espacio es no habitable y acondicionado.

Categoría V

Terraza acristalada con paredes cerradas. La terraza acristalada está diseñada para calentarse o enfriarse y está abierta a la estructura principal. La fenestración de la habitación solar cumple con los requisitos adicionales de resistencia a la penetración de agua, resistencia a la infiltración de aire y rendimiento térmico. El espacio es habitable y acondicionado.

Diseño de estructura de aluminio

La Guía de AAF para la Construcción de Aluminio en Áreas de altos Vientos se permitirá para la construcción de estructuras de aluminio. Las velocidades del viento serán las de la Categoría de Riesgo I del Código de Construcción de Florida. Los paneles de vinilo, vidrio templado y acrílico se permitirán y serán removibles. Los paneles extraíbles se identificarán como extraíbles mediante una calcomanía.

Método de diseño alternativo para el recinto de la pantalla

  1. Se permite que las cargas del marco estructural se basen en partes de la pantalla en las paredes de la pantalla retiradas, retraídas, movidas a la posición abierta, o corte. El uso de materiales de enmarcado distintos al aluminio está permitido, este método se aplica solo a paredes y techos 100 % en pantalla.
  2. Cuando las carcasas de la pantalla están diseñadas de acuerdo con las alternativas de eliminación, la pantalla extraíble puede consistir en paneles extraíbles o retráctiles. Los paneles removibles serán removidos; los paneles retráctiles se colocarán en la posición retraída sin aumentar la carga en el área afectada.
  3. Cuando los cerramientos de pantalla diseñados de acuerdo con las alternativas de eliminación de pantalla sirven como barrera requerida, la altura mínima requerida de la barrera se mantendrá cuando los paneles de pantalla se retraigan, se retiren, se muevan al descubierto posición o corte.
  4. Cuando los cerramientos de pantalla están diseñados de acuerdo con las alternativas de eliminación de pantalla, los paneles de pantalla retráctiles, extraíbles y los identificados para ser cortados se identificarán claramente en los miembros estructurales adyacentes con etiquetas permanentes altamente visibles.
  5. Cuando los cerramientos de pantallas estén diseñados de acuerdo con las alternativas de eliminación de pantallas, la retracción, la eliminación y el corte de paneles de pantallas no requerirán el uso de escaleras o andamios.
  6. Los documentos de ingeniería presentados con las solicitudes de permisos de construcción deberán identificar los paneles que se retirarán, retraerán, abrirán o cortarán.
  7. Cuando los gabinetes de la pantalla están diseñados de acuerdo con las alternativas de eliminación de pantalla, basadas en la eliminación de los paneles de la pantalla, el contratista proporcionará una pantalla de reemplazo para un reemplazo único de todas las pantallas y ranuras designadas por el diseño para Ser cortado.
  8. Cuando los cerramientos de pantallas están diseñados de acuerdo con las alternativas de eliminación de pantallas, el contratista deberá notificar por escrito al propietario y al departamento local de cumplimiento del código de construcción que el propietario debe retraer, quitar o cortar un panel o paneles de la carcasa de la pantalla.

Protección de aberturas

Las aberturas acristaladas exteriores en edificios ubicados en regiones de fuertes vientos deberán protegerse de los escombros arrastrados por el viento. La protección de apertura vidriada para los desechos arrastrados por el viento debe cumplir con los requisitos de la Prueba de misiles grandes de ASTM E1996 y ASTM E1886.

  • No es necesario proteger las aberturas en terrazas solares, balcones o porches cerrados construidos bajo los techos o cubiertas existentes, los espacios están separados del interior del edificio por una pared.
  • Los cobertizos de almacenamiento que no están diseñados para la habitación humana y que tienen un área de piso de 720 pies cuadrados o menos no están obligados a cumplir con el estándar obligatorio de impacto de desechos transportados por el viento.

Excepción

Los paneles estructurales de madera con un espesor de no menos de 7/16 de pulgada y un espacio entre líneas de sujetadores de 44 pulgadas se permitirán para abrir la protección en edificios con una altura media del techo de 33 pies o menos en lugares donde (V ult) es 180 mph o menos.

Los paneles deben estar precortados para superponerse a la pared de manera que se extiendan un mínimo de 2 pulgadas más allá de las líneas de los sujetadores y se unan al marco que rodea la abertura que contiene el producto con la abertura acristalada.

Categoría de exposición

Para cada dirección de viento considerada, se determinará una categoría de exposición que refleje adecuadamente las características de las irregularidades de la superficie del suelo para el sitio en el que se construirá el edificio o la estructura. Para un sitio ubicado en la zona de transición entre categorías, se aplicará la categoría que resulte en las mayores fuerzas de viento.

Se deben tener en cuenta las variaciones en la rugosidad de la superficie del suelo que surgen de la topografía natural y la vegetación, así como de las características construidas. Para un sitio donde se construirán múltiples viviendas unifamiliares u otras estructuras como parte de una subdivisión o comunidad planificada, o si la autoridad competente designa la zona de desarrollo, la categoría de exposición para una estructura individual se basará en las condiciones del sitio que existirán en el momento en que se hayan construido todas las estructuras adyacentes.

Excepción

Se permite una exposición intermedia entre las categorías de exposición definidas en una zona de transición siempre que se determine mediante un método de análisis racional.

Direcciones y sectores del viento

Para cada dirección de viento seleccionada en la que se evaluarán las cargas de viento, la exposición del edificio o estructura se determinará para los dos sectores de viento arriba que se extienden 45 grados a cada lado de la dirección de viento seleccionada.

Categorías de rugosidad de la superficie

Se determinará una rugosidad de la superficie del suelo dentro de cada sector de 45 grados para una distancia contra el viento, además veremos las categorías definidas a continuación, con el propósito de asignar una categoría de exposición.

Rugosidad de la superficie B

Áreas urbanas y suburbanas, áreas boscosas u otro terreno con numerosas obstrucciones espaciadas entre sí que tienen el tamaño de viviendas unifamiliares o más grandes.

Rugosidad de la superficie C

Terreno abierto con obstrucciones dispersas que tienen alturas generalmente menores de 30 pies. Esta categoría incluye campo abierto y pastizales. Esta rugosidad de la superficie también se aplicará a cualquier edificio ubicado dentro de un terreno de tipo B de rugosidad de la superficie donde el edificio esté dentro de los 100 pies horizontalmente en cualquier dirección de áreas abiertas de terreno de rugosidad de superficie tipo C o D que se extienda más de 600 pies y un ancho superior a 150 pies en la dirección del viento.

Rugosidad de la superficie D

Áreas planas, sin obstáculos y superficies de agua. Esta categoría incluye llanuras de barro, salinas y hielo sin romper.

Categorías de exposición

La categoría de exposición se determinará de acuerdo con lo siguiente:

Exposición B

En edificios con una altura media del techo menor o igual a 30 pies, se aplicará donde la rugosidad de la superficie del suelo, según lo definido por la rugosidad de la superficie B, prevalezca en la dirección del viento por una distancia de al menos 1,500 pies. Para edificios con una altura media del techo mayor de 30 pies, la Exposición B se aplicará donde la Rugosidad de la Superficie B prevalezca en la dirección del viento por una distancia de al menos 2,600 pies o 20 veces la altura del edificio, lo que sea mayor.

Exposición C

La exposición C se aplicará a todos los casos en que las exposiciones B o D no se apliquen.

Exposición D

Se aplicará donde la rugosidad de la superficie del suelo, según lo definido por la Rugosidad de la superficie D, prevalezca en la dirección del viento por una distancia de al menos 5,000 pies o 20 veces la altura del edificio, lo que sea mayor.

La exposición D también se aplicará cuando la rugosidad de la superficie del suelo inmediatamente a favor del viento del sitio sea B o C, y el sitio se encuentre a una distancia de 600 pies o 20 veces la altura del edificio, lo que sea mayor.

Efectos topográficos del viento

En áreas que tienen datos históricos locales que documentan daños estructurales a edificios causados por la velocidad del viento en colinas aisladas, crestas y escarpes que son cambios abruptos de la topografía general del área, los efectos topográficos del viento serán considerados en el diseño del edificio de acuerdo con las disposiciones de ASCE 7.

Los efectos topográficos del viento se aplicarán solo a los edificios ubicados en la mitad superior de una colina, cresta o escarpa aislada donde existan todas las siguientes condiciones:

  • La pendiente promedio de la mitad superior de la colina, es de 10 % o más.
  • La colina es de 60 pies o más de altura para la Exposición B, 30 pies o más de altura para la Exposición C y 15 pies o más de altura para Exposición D.
  • La colina está aislada o sin obstrucciones por otras características topográficas de altura similar en la dirección del viento para una distancia medida desde su punto más alto de 100 veces su altura o 2 millas lo que sea menor.
  • La colina sobresale por un factor de dos o más por encima de la altura de otras características topográficas a favor del viento ubicadas en cualquier cuadrante dentro de un radio de 2 millas medido desde su punto más alto.

Método de aceleración topográfica del viento

Como alternativa a las disposiciones del viento topográfico ASCE 7, en el lado alto de una escarpa o colina, la velocidad del viento básica aumentada se extenderá horizontalmente a favor del viento desde el borde de la escarpa 1.5 veces la longitud horizontal de la pendiente del viento o 6 veces la altura de la escarpa (6H), lo que sea mayor.

Pruebas a cargas permitidas o nominales

Cuando las pruebas de resistencia a la carga de viento se basan en cargas de viento permitidas o nominales, las cargas de viento de diseño determinadas de acuerdo con ASCE 7, se permite que el Edificio se multiplique por 0.6 para propósitos de resistencia de carga de viento.

Disposiciones sísmicas

Las disposiciones sísmicas del código de construcción residencial de la florida se aplicarán de la siguiente manera:

  1. Casas adosadas en las categorías de diseño sísmico C, D0, D1 y D2.
  2. Viviendas independientes de una y dos familias en las categorías de diseño sísmico, D0, D1 y D2.

Determinación de la categoría de diseño sísmico

A los edificios se les asignará una categoría de diseño sísmico de acuerdo a los titulos anteriores.

Determinación alternativa de la categoría de diseño sísmico

Las categorías de diseño sísmico y las correspondientes aceleraciones de respuesta espectral de diseño a corto plazo, se basan en el sitio de suelo Clase D. Si las condiciones del suelo son distintas de la Clase de sitio D, las aceleraciones de respuesta espectral de diseño a corto plazo, para un sitio se pueden determinar código de construcción de Florida.

Determinación alternativa de diseño sísmico categoría E

Los edificios ubicados en la categoría de diseño sísmico E pueden reclasificarse como pertenecientes a la categoría de diseño sísmico D2 siempre que se realice uno de los siguientes pasos:

  1. Se realiza una evaluación más detallada de la categoría de diseño sísmico de acuerdo con las disposiciones y mapas del Código de Construcción residencial de Florida. Los edificios ubicados en la Categoría E de Diseño Sísmico ubicados en la Categoría D de Diseño Sísmico podrán diseñarse utilizando los requisitos de la Categoría D2.
  2. Los edificios ubicados en la Categoría E de diseño sísmico que cumplan con las siguientes restricciones adicionales pueden construirse de acuerdo con las disposiciones de la Categoría D2 de diseño sísmico de este código:

Todas las líneas de pared de corte exterior o paneles de pared arriostrados están en un plano vertical desde la base hasta el piso superior.

Los pisos no deben estar en voladizo más allá de las paredes exteriores.

Pesos de materiales

Las cargas muertas promedio no deben exceder las 15 libras por pie cuadrado para los conjuntos combinados de techo o 10 libras por pie cuadrado para los conjuntos de piso. Las cargas muertas para paredes por encima del nivel no deben exceder:

  1. Quince libras por pie cuadrado para paredes exteriores de madera con marco ligero.
  2. Catorce libras por pie cuadrado para paredes exteriores de acero con marco ligero y conformado en frío.
  3. Diez libras por pie cuadrado para paredes interiores de madera con marco ligero.
  4. Cinco libras por pie cuadrado para paredes de acero conformadas en frío con marco ligero interior.
  5. Ochenta libras por pie cuadrado para paredes de mampostería de 8 pulgadas de espesor.
  6. Ochenta y cinco libras por pie cuadrado para paredes de concreto de 6 pulgadas de espesor.
  7. Diez libras por pie cuadrado para paredes SIP.

Excepciones

  1. Se permitirán cargas muertas en el techo y cielo raso que no excedan las 25 libras por pie cuadrado siempre que las cantidades de refuerzo de la pared se incrementen.
  2. Se permitirán chimeneas de acuerdo con el Capítulo 10 del código de construcción de la Florida.

Construcción de hormigón

Las viviendas unifamiliares independientes de una y dos familias con muros exteriores de hormigón de grado superior deben cumplir con los requisitos de PCA 100. Las casas urbanas con muros de hormigón exteriores superiores deberán estar diseñadas de acuerdo con ACI 318.

Edificios irregulares

Las porciones irregulares de las estructuras se diseñarán de acuerdo con la práctica de ingeniería aceptada en la medida en que las características irregulares afecten el rendimiento del sistema estructural restante.

Cuando las fuerzas asociadas con la irregularidad sean resistidas por un sistema estructural diseñado de acuerdo con la práctica de ingeniería aceptada, se permitirá el diseño del resto del edificio utilizando las disposiciones de este código. Un edificio o parte de un edificio se considerará irregular cuando ocurran una o más de las siguientes condiciones:

  1. Donde las líneas de pared de corte exterior o los paneles de pared arriostrados no están en un plano vertical desde la base hasta el piso superior.
  2. Cuando una sección del piso o techo no está soportada lateralmente por paredes cortantes o líneas de pared reforzadas en todos los bordes.
  3. Cuando el extremo de un panel de pared reforzado se produce sobre una abertura en la pared de abajo y termina a una distancia horizontal mayor de 1 pie desde el borde de la abertura. Esta disposición es aplicable a muros de corte y paneles de pared arriostrados desplazados en plano y a paneles de pared arriostrados fuera del plano.
  4. Cuando una abertura en un piso o techo exceda el menor de 12 pies o el 50 % de la dimensión mínima del piso o techo.
  5. Donde porciones de un nivel de piso están verticalmente desplazadas.
  6. Donde las paredes cortantes y las líneas de paredes arriostradas no ocurren en dos direcciones perpendiculares.

Categorías de diseño sísmico D0, D1 y D2

Las estructuras asignadas a las categorías de diseño sísmico D0, D1 y D2 deberán cumplir con los requisitos de la categoría de diseño sísmico C y los requisitos adicionales de esta sección.

Limitaciones de altura

Los edificios con armazón de madera se limitarán a tres pisos sobre el plano del nivel. Los edificios de acero conformado en frío se limitarán a menos de o igual a tres pisos sobre el nivel del plano de acuerdo con la norma AISI S230.

Construcción de hormigón

Los edificios con paredes exteriores de concreto sobre rasante deben cumplir con PCA 100 o deben estar diseñados de acuerdo con ACI 318.

Estructura de acero conformado en frío en las categorías de diseño sísmico D0, D1 y D2

En las categorías de diseño sísmico D0, D1 y D2, además de los requisitos del código, el marco de acero conformado en frío debe cumplir con los requisitos de la norma AISI S230.

Chimeneas de albañilería

Las chimeneas de mampostería se deben reforzar y anclar al edificio.

Anclaje de calentadores de agua

Los calentadores de agua deben estar anclados contra movimientos y vuelcos.

Diseño sísmico categoría E

Estos se diseñarán para resistir cargas sísmicas, excepto cuando la categoría de diseño sísmico se reclasifique a una categoría de diseño sísmico inferior.

Cargas de nieve

La construcción con marco de madera, acero, mampostería, hormigón y la construcción de paneles con aislamiento estructural en regiones con cargas de nieve en el suelo de 70 libras por pie cuadrado o menos, deben cumplir con los Capítulos 5, 6 y 8 del código de construcción.

Construcción de llanuras de inundación

Los edificios y estructuras construidos total o parcialmente en áreas de peligro de inundación (incluidas las zonas A o V), y la mejora sustancial y la restauración de daños sustanciales de edificios y estructuras en áreas de riesgo de inundación, deberán diseñado y construido de acuerdo con la Sección de inundaciones.

Estructuras hacia el mar de una línea de control de construcción costera

Las estructuras ubicadas hacia el mar de la línea de control de construcción costera se diseñarán para resistir las fuerzas pronosticadas de una tormenta de 100 años.

Altura de la historia

Las disposiciones sobre viento y sísmica se aplicarán a edificios con alturas de pisos que no excedan lo siguiente:

  • Para el enmarcado de paredes de madera, la altura del piso no debe exceder los 11 pies y 7 pulgadas.
  • Para el enmarcado de paredes de acero conformado en frío, la altura del piso no debe ser superior a 11 pies 7 pulgadas (3531 mm) y la altura del montante de la pared de apoyo no soportada no debe ser superior a 10 pies.
  • Para paredes de mampostería, la altura del piso no debe ser mayor de 13 pies y 7 pulgadas y la altura libre del muro de apoyo no debe ser mayor de 12 pies.
  • Para paredes de concreto aislante, la altura máxima del piso no debe exceder 11 pies 7 pulgadas y la altura máxima de pared no soportada por piso no debe exceder los 10 pies.

carga muerta

Los pesos reales de los materiales y la construcción se utilizarán para determinar la carga muerta teniendo en cuenta la carga muerta del equipo de servicio fijo.

Carga viva

La carga viva mínima uniformemente distribuida.

Carga del techo

El techo debe estar diseñado para la carga viva o la carga de nieve, la que sea mayor.

Tamaños nominales

Para los propósitos del código, las dimensiones de madera especificadas se considerarán dimensiones nominales a menos que se designen específicamente como dimensiones reales.

Construcciones resistentes al fuego

Paredes exteriores

La construcción, proyecciones, aberturas y penetraciones de paredes exteriores de viviendas y edificios accesorios deberán cumplir con todos los titulos anteriores.

Excepciones

  • Muros, proyecciones, aberturas o penetraciones en muros perpendiculares a la línea utilizada para determinar la distancia de separación del fuego.
  • Muros de viviendas y estructuras accesorias ubicadas en el mismo lote.
  • Los cobertizos de herramientas y almacenamiento, casas de juegos y estructuras similares exentas de permisos no están obligados a proporcionar protección de la pared en función de la ubicación en el lote.
  • Los garajes separados accesorios a una vivienda ubicada a 2 pies de una línea de lote pueden tener proyecciones de alero de techo que no excedan las 4 pulgadas.
  • Los respiraderos de cimientos instalados de conformidad con el código están permitidos.
  • Criba las paredes del recinto de cribado de insectos con un máximo de 25 % de acabados flexibles sólidos.

Casas adosadas

Cada casa se considerará un edificio separado y estará separada por conjuntos de paredes exteriores con clasificación de resistencia al fuego que cumplan con los requisitos de cero espacios libres de las líneas de propiedad.

Construcción de parapeto

Los parapetos deben tener la misma clasificación de resistencia al fuego que la requerida para las paredes de soporte. En cualquier lado adyacente a la superficie del techo, el parapeto debe tener caras no combustibles para las 18 pulgadas superiores, para incluir materiales de contraflujo y protección.

Cuando el techo se inclina hacia un parapeto en pendientes mayores de 2 unidades verticales en 12 unidades horizontales (pendiente del 16,7 %), el parapeto se extenderá a la misma altura que cualquier parte del techo dentro de una distancia de 3 pies, y la altura no debe ser inferior de 30 pulgadas.

Independencia estructural

Cada casa individual será estructuralmente independiente.

Excepciones

  1. Cimientos que soportan paredes exteriores o paredes comunes.
  2. El revestimiento estructural del techo y la pared de cada unidad se fija al marco común de la pared.
  3. Revestimientos no estructurales de paredes y techos.
  4. Parpadeo en la terminación de la cubierta del techo sobre la pared común.

Viviendas bifamiliares

Las unidades de vivienda en viviendas de dos familias deben estar separadas entre sí por conjuntos de pared y piso que tengan una clasificación de resistencia al fuego de no menos de 1 hora cuando se prueben de acuerdo con ASTM E119 o UL 263 Piso/techo.

Excepciones

  1. Se debe permitir una clasificación de resistencia al fuego de 1/2 hora en edificios equipados con un sistema de rociadores automáticos.
  2. Los ensambles de pared no necesitan extenderse a través de espacios del ático donde el techo está protegido por un panel de yeso Tipo X de 5/8 de pulgada, se proporciona un tope de tiro del ático arriba y a lo largo el ensamblaje de la pared que separa las viviendas y el marco estructural que soporta el techo está protegido por no menos de 1/2 pulgada de paneles de yeso.
  3. Paredes de cerramiento de mosquiteros con un máximo de 25 % de acabados flexibles sólidos.

Construcción de apoyo

Cuando se requiere que los conjuntos de piso tengan una clasificación de resistencia al fuego, la construcción de soporte de dichos conjuntos debe tener una clasificación de resistencia al combustible igual o mayor.

Unidad de vivienda clasificada penetraciones

Las penetraciones de ensambles de pared o piso-techo que deben tener una clasificación de resistencia al fuego deben protegerse de acuerdo con esta sección.

Ensamblaje con clasificación de resistencia al fuego

Las penetraciones se instalarán según lo probado en el conjunto aprobado de resistencia al fuego.

Sistema de penetración cortafuegos

Las penetraciones deben estar protegidas por un sistema antincendios de penetración instalado según lo probado de acuerdo con ASTM E814 o UL 1479, con un diferencial de presión positiva de no menos de 0.01 pulgada de agua.

Penetraciones de membrana

Las penetraciones de membrana cuando se requiera que las paredes tengan una clasificación de resistencia al fuego, se instalarán accesorios empotrados para que la clasificación de resistencia al fuego requerida no se reduzca.

Protección de apertura

No se permitirán aberturas desde un garaje privado directamente a una habitación utilizada para dormir. Otras aberturas entre el garaje y la residencia deberán estar equipadas con puertas de madera maciza de no menos de 1-3/8 pulgadas de espesor, puertas de acero macizo o de panal, o puertas resistentes al fuego de 20 minutos.

Penetración del conducto

Los conductos en el garaje y los conductos que penetran en las paredes o techos que separan la vivienda del garaje se construirán con un mínimo de 26 galgas de chapa de acero.

Protección debajo de la escalera

El espacio accesible cerrado debajo de las escaleras debe tener paredes, superficie debajo de las escaleras y cualquier plafón protegido en el lado cerrado con paneles de yeso de 1/2 pulgada.

Índice de propagación de llama

Los acabados de paredes y techos deberán tener un índice de propagación de llama no mayor a 200.

Excepción

Los requisitos del índice de propagación de la llama para los acabados no se aplicarán a los acabados definidos como moldes para cuadros, rieles para sillas, zócalos y pasamanos; a puertas y ventanas o sus marcos; o para materiales que tengan un espesor de menos de 1/28 pulgada cementado en la superficie de paredes o techos si estos materiales exhiben valores de índice de propagación de llamas no mayores que los de papel de este espesor cementado en un respaldo no combustible.

Índice desarrollado por el humo

Los acabados de paredes y techos deberán tener un índice de desarrollo de humo de no más de 450.

Método de prueba alternativo

Como alternativa a tener un índice de propagación de la llama de no más de 200 y un índice de humo desarrollado de no más de 450 cuando se probó de acuerdo con ASTM E84 o UL 723, se permitirá que los acabados de paredes y techos se prueben de acuerdo con NFPA 286.

Los materiales probados de acuerdo con NFP A 286 deberán cumplir con los siguientes criterios:

  1. Durante la exposición a 40 kW, las llamas no se extenderán al techo.
  2. La llama no se extenderá al extremo exterior de la muestra en ninguna pared o techo.
  3. No debe producirse un destello.
  4. La velocidad máxima de liberación de calor durante todo el ensayo no deberá exceder los 800 kW.
  5. El humo total liberado durante todo el ensayo no deberá exceder los 1,000 m2.

Aislamiento

Los materiales aislantes, incluidos los revestimientos, como los retardadores de vapor y las membranas permeables al vapor instaladas dentro de los ensamblajes de piso-techo, ensambles de techo, ensambles de pared, espacios de arrastre y áticos deben tener un índice de propagación de la llama que no exceda de 25.

Aislamiento de relleno suelto

Los materiales de aislamiento de relleno suelto que no se pueden montar en el aparato ASTM E84 o UL 723 sin una pantalla o soportes artificiales deben cumplir con los límites de propagación de llama y desarrollo de humo.

Aislamiento de relleno suelto de fibra celulósica

El aislamiento de relleno suelto de fibra celulósica debe cumplir con CPSC 16 CFR. Cada paquete de dicho material aislante debe estar claramente etiquetado.

Aislamiento del ático expuesto

Los materiales de aislamiento expuestos instalados en los pisos del ático deberán tener un flujo radiante crítico no menor a 0.12 vatios por centímetro cuadrado.

Pruebas

Las pruebas de flujo radiante crítico se realizarán de acuerdo con ASTM E970.

Bloqueo de fuego

En construcciones combustibles, se debe proporcionar protección contra incendios para cortar las aberturas ocultas de tiro verticales y horizontales y para formar una barrera contra incendios efectiva entre los pisos y entre un piso superior y el espacio del techo.

Materiales contra incendios

El bloqueo contra incendios consistirá en los siguientes materiales.

  1. Madera nominal de dos pulgadas.
  2. Dos espesores de madera nominal de 1 pulgada con juntas de solape rotas.
  3. Un espesor de paneles estructurales de madera de 23/32 pulgadas con juntas respaldadas por paneles estructurales de madera de 23/32 pulgadas.
  4. Un espesor de tableros de partículas de 3/4 de pulgada con juntas respaldadas por tableros de partículas de 3/4 de pulgada.
  5. Tablero de yeso de media pulgada.
  6. Tablero de un cuarto de pulgada a base de cemento.
  7. Los bloques o mantas de lana mineral o fibra de vidrio u otros materiales aprobados instalados de tal manera que se mantengan de forma segura.
  8. Aislamiento de celulosa instalado según lo probado de acuerdo con ASTM E119 o UL 263.

Bloques o mantas de fibra mineral o de vidrio

Se debe permitir que los bloques o mantas de fibra mineral o de vidrio u otros materiales no rígidos aprobados cumplan con la protección contra incendios horizontal de 10 pies en paredes construidas utilizando filas paralelas de montantes.

Fibra de vidrio sin revestimiento

El aislamiento de fibra de vidrio sin revestimiento utilizado como bloqueador contra incendios debe llenar toda la sección transversal de la cavidad de la pared a una altura de no menos de 16 pulgadas medida verticalmente.

Material de aislamiento de relleno suelto

El material de aislamiento de relleno suelto no se debe usar como un bloque de fuego a menos que se pruebe específicamente en la forma y la forma prevista para demostrar su capacidad de permanecer en su lugar y retardar la propagación del fuego y los gases calientes.

Integridad de bloqueo de fuego

Se mantendrá la integridad de los cortafuegos.

Proyecto de parada

En construcciones donde hay espacio utilizable tanto encima como debajo del espacio oculto de un conjunto de piso-techo, se instalarán corrientes de aire de modo que el área del espacio oculto no supere los 1,000 pies cuadrados.

Cuando el ensamblaje está encerrado por una membrana de piso arriba y una membrana de techo debajo, se proporcionará un tope en los ensamblajes de piso-techo bajo las siguientes circunstancias:

  • El techo está suspendido debajo del marco del piso.
  • La estructura del piso está construida con elementos de entramado abierto o elementos perforados.

Materiales

Los materiales de detención de corrientes de aire deben ser no menos de 1/2 pulgada de paneles de yeso, paneles estructurales de madera de 3/8 pulgadas u otros materiales aprobados adecuadamente soportados.

Protección contra incendios de suelos

Los ensamblajes de piso que no se requieren en otra parte del código para ser resistentes al fuego, deben estar provistos de una membrana de panel de yeso (1/2 pulgada), membrana de panel estructural de madera de (5/8 pulgada), o equivalente en la parte inferior del miembro de estructura del piso.

Se deben permitir penetraciones o aberturas para conductos, respiraderos, enchufes eléctricos, iluminación, dispositivos, luminarias, cables, altavoces, drenaje, tuberías y aberturas o penetraciones similares.

Excepciones

  • Conjuntos de piso ubicados directamente sobre un espacio protegido por un sistema de rociadores automáticos aprobado.
  • Ensambles de piso ubicados directamente sobre un espacio de arrastre no destinado para almacenamiento o electrodomésticos de combustible.
  • Ensambles de piso que usan madera compuesta estructural igual o mayor de 2 x 10 pulgadas de dimensión nominal.

Aislamiento de combustible

Este debe estar separado no menos de 3 pulgadas de luminarias empotradas, motores de ventilador y otros dispositivos que producen calor.

Excepción

Cuando los dispositivos que producen calor se enumeran para espacios libres menores, el aislamiento de combustible que cumpla con los requisitos de la lista se separará de acuerdo con las condiciones estipuladas en la lista.

Luz, ventilación y calefacción

Habitaciones habitables

Las habitaciones habitables deberán tener un área de acristalamiento agregado de no menos del 8 % del área del piso de dichas habitaciones. La ventilación natural se realizará a través de ventanas, tragaluces, puertas, persianas u otras aberturas aprobadas al aire exterior. El área que se puede abrir al exterior no debe ser menos del 4 % del área del piso que se está ventilando.

Excepciones

  1. Las áreas acristaladas no necesitan abrirse donde la abertura no lo requiere y se instala un sistema de ventilación mecánica para toda la casa.
  2. Las áreas acristaladas no necesitan instalarse en habitaciones donde se proporcione luz artificial que sea capaz de producir una iluminación promedio de 6 pies sobre el área de la habitación a una altura de 30 pulgadas por encima del nivel del piso.
  3. Se debe permitir el uso de cobertizos para solár y patio, para ventilación natural si más del 40 % de las paredes exteriores del solár están abiertas, o están encerradas solo por mosquiteros.

Habitaciones contiguas

Con el fin de determinar los requisitos de luz y ventilación, cualquier habitación se considerará como una parte de una habitación contigua donde no menos de la mitad del área de la pared común está abierta y sin obstrucciones y proporciona una abertura de no menos de la décima parte del área del piso de la habitación interior y no menos de 25 pies cuadrados.

Baños

Los baños, compartimentos de inodoros y otras habitaciones similares deben contar con un área de acristalamiento agregado en ventanas de no menos de 3 pies cuadrados.

Excepción

No se requerirán áreas acristaladas donde se proporcione luz artificial y un sistema de escape local.

Ventilación mecánica

Donde la tasa de infiltración de aire de una unidad de vivienda es inferior a 3.00 cambios de aire por hora cuando se prueba con una puerta de soplador a una presión de 0.2 pulgadas, la unidad de vivienda debe contar con ventilación mecánica para toda la casa.

Aberturas de admisión

Las aberturas de admisión de aire exterior mecánicas y por gravedad deben ubicarse a no menos de 10 pies de cualquier contaminante peligroso o nocivo, como respiraderos, chimeneas, conductos de plomería, calles, callejones, estacionamientos y muelles de carga.

Excepciones

  • La separación de 10 pies no se requiere donde la abertura de admisión se encuentra a 3 pies debajo de la fuente del contaminante.
  • Los respiraderos y chimeneas que sirven a aparatos de combustible se cerrarán.
  • Los conductos de escape de la secadora de ropa deberán terminarse.

Aberturas de escape

El aire de escape no debe dirigirse a las pasarelas.

Protección de apertura exterior

Las aberturas de escape y entrada de aire que terminan en el exterior deben protegerse con pantallas o rejillas resistentes a la corrosión que tengan un tamaño de abertura de no menos de 1/4 de pulgada y un tamaño de abertura máximo de 1/2 pulgada, en cualquier dimensión. Las aberturas deberán estar protegidas contra las condiciones climáticas locales.

Iluminación de la escalera interior

Las escaleras interiores deberán estar provistas de una fuente de luz artificial para iluminar los descansos y los peldaños. La fuente de luz debe ser capaz de iluminar las huellas y los aterrizajes a niveles de no menos de 1 pie medidos en el centro de las huellas y los aterrizajes. Debe haber un interruptor de pared en cada nivel del piso para controlar la fuente de luz donde la escalera tiene seis o más elevadores.

Excepción

No se requiere un interruptor cuando se proporciona control remoto, central o automático de la iluminación.

Iluminación de la escalera exterior

Las escaleras exteriores deberán contar con una fuente de luz artificial ubicada en el rellano superior de la escalera. Las escaleras exteriores que brinden acceso a un sótano desde el nivel de grado exterior deberán contar con una fuente de luz artificial ubicada en el rellano inferior de la escalera.

Aberturas acristaladas requeridas

Las aberturas acristaladas requeridas se abrirán directamente en una calle o callejón público, o en un patio ubicado en el mismo lote que el edificio.

Excepciones

  • Aberturas acristaladas requeridas que dan a un porche cubierto donde el porche linda con una calle o patio y el lado más largo del porche no tiene menos del 65 % sin obstrucciones y la altura del techo no es menos de 7 pies.
  • No se considerará que las proyecciones de alero obstruyan el espacio abierto y despejado de un patio o cancha.
  • Aberturas acristaladas requeridas que se orientan hacia el área debajo de un balcón del piso donde se proporciona un espacio vertical despejado de no menos de 36 pulgadas de altura.

Adiciones de terraza acristalada

Se permite que las aberturas acristaladas requeridas se abran a las adiciones a la terraza acristalada o a las cubiertas del patio que linda con una calle, patio o cancha si más del 40 % de las paredes exteriores de la terraza acristalada están abiertas, o están cerradas solo por mosquiteros y la altura del techo la terraza acristalada no mide menos de 7 pies.

Calentamiento requerido

Cuando la temperatura de diseño en invierno es inferior a 60 °F, cada unidad de vivienda debe contar con instalaciones de calefacción capaces de mantener una temperatura ambiente de no menos de 68 °F. La instalación de uno o más calentadores portátiles no se utilizará para cumplir con esta sección.

Áreas de habitación mínimas

Área mínima

Las habitaciones habitables deben tener un área de piso de no menos de 70 pies cuadrados.

Excepción

Cocinas.

Dimensiones mínimas

Las habitaciones habitables deben tener no menos de 7 pies en cualquier dimensión horizontal.

Excepción

Cocinas.

Efecto de altura en el área de la habitación

No se considerará que las porciones de una habitación con un techo inclinado que mida menos de 5 pies o un techo de madera que mida menos de 7 pies desde el piso terminado hasta el techo terminado contribuyen al área habitable mínima requerida para una habitación.

Altura del techo

Altura mínima

Los espacios habitables, los pasillos y las porciones de sótanos que contengan estos espacios deberán tener una altura de techo de no menos de 7 pies. Los baños, aseos y lavaderos deben tener una altura de techo de no menos de 6 pies y 8 pulgadas.

Excepciones

  1. Habitaciones con techos inclinados, el área de piso requerida de la habitación debe tener una altura de techo de no menos de 5 pies y no menos del 50 % del área de piso requerida debe tener una altura de techo de no menos de 7 pies.
  2. La altura del techo por encima de los accesorios del baño y de la sala del inodoro deberá ser tal que el accesorio pueda usarse para el propósito previsto. Una ducha o bañera equipada con un cabezal de ducha debe tener una altura de techo de no menos de 6 pies 8 pulgadas sobre un área de no menos de 30 x 30 pulgadas en el cabezal de la ducha.
  3. Las vigas, conductos u otras obstrucciones en los sótanos que contengan espacio habitable deberán proyectarse dentro de 6 pies 4 pulgadas del piso.

Sótanos

Las porciones de sótanos que no contengan espacios habitables o pasillos deberán tener una altura de techo de no menos de 6 pies y 8 pulgadas.

Saneamiento

Instalaciones sanitarias

Cada unidad de vivienda deberá contar con un inodoro, baño y una bañera o ducha.

Cocina

Cada unidad de vivienda debe contar con un área de cocina y cada área de cocina debe contar con un fregadero.

Eliminación de aguas residuales

Los accesorios de plomería se deben conectar a una alcantarilla sanitaria o a un sistema de eliminación de aguas residuales privado.

Suministro de agua a los accesorios

Los accesorios de plomería se deben conectar a un suministro de agua. Los fregaderos de la cocina, los lavabos, las bañeras, las duchas, las bañeras de lavandería y las salidas de lavadoras deben contar con agua fría y caliente.

Lavabos, baños y ducha

Bañeras y duchas

Los pisos y paredes de las bañeras y duchas sobre las bañeras con cabezales de ducha instalados y en los compartimientos de la ducha deberán estar terminados con una superficie no absorbente. Dichas superficies de pared deben extenderse a una altura de no menos de 6 pies sobre el piso.

Esmalte

Identificación

Cada panel de acristalamiento instalado en ubicaciones peligrosas deberá contar con una designación del fabricante que especifique quién aplicó la designación, designando el tipo de vidrio y el estándar de acristalamiento de seguridad con el que cumple, que es visible en la instalación final.

Excepciones

  1. Para otro que no sea vidrio templado, no se requieren designaciones del fabricante siempre que el funcionario de la construcción apruebe el uso.
  2. El fabricante de vidrio templado puede identificarlo con una designación de papel removible.

Identificación de conjuntos múltiples

Los conjuntos de paneles múltiples que tienen paneles individuales que no excedan 1 pie cuadrado en el área expuesta deben tener no menos de un panel en el conjunto identificado. Otros paneles en el ensamblaje deberán estar etiquetados como "CPSC 16 CFR 1201" o "ANSI Z97.1" según corresponda.

Ventanas con persianas

Los vidrios regulares, flotados, cableados o estampados en celosías y ventanas con persianas deben tener no menos de 3/16 de pulgada de grosor y no más de 48 pulgadas de longitud.

Vidrio con cable prohibido

El vidrio alámbrico con alambre expuesto en los bordes longitudinales no debe usarse en celosías o ventanas con persianas.

Prueba de impacto

El acristalamiento se probará de acuerdo con CPSC 16 CFR 1201. El acristalamiento cumplirá con los criterios de prueba para la Categoría II a menos que se indique lo contrario.

Excepción

El acristalamiento que no se encuentre en puertas o recintos para bañeras de hidromasaje, saunas, baños de vapor, bañeras y duchas se debe probar de acuerdo con la norma ANSI Z97.1.

Acristalamiento en puertas

El acristalamiento en paneles fijos y operables de puertas batientes, correderas y plegables se considerará como un lugar peligroso.

Acristalamiento adyacente a puertas

El acristalamiento en un panel individual fijo u operable adyacente a una puerta se considerará como un lugar peligroso donde el borde expuesto inferior del acristalamiento está a menos de 60 pulgadas sobre el piso para caminar y cumple con cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Cuando el acristalamiento esté a menos de 24 pulgadas de cada lado de la puerta en el plano de la puerta en una posición cerrada.
  • Cuando el acristalamiento esté en una pared perpendicular al plano de la puerta en una posición cerrada y dentro de 24 pulgadas del lado de la bisagra de una puerta abatible.

Excepciones

  • Acristalamiento decorativo.
  • Donde haya una pared intermedia u otra barrera permanente entre la puerta y el acristalamiento.
  • Cuando el acceso a través de la puerta es a un armario o área de almacenamiento de 3 pies o menos de profundidad.
  • Acristalamiento adyacente al panel fijo de puertas de patio.

Acristalamiento en ventanas

El acristalamiento en un panel individual fijo u operable que cumpla con todas las siguientes condiciones se considerará como un lugar peligroso:

  1. El área expuesta de un panel individual es mayor de 9 pies cuadrados.
  2. El borde inferior del acristalamiento está a menos de 18 pulgadas del piso.
  3. El borde superior del acristalamiento está a más de 36 pulgadas sobre el piso.
  4. Una o más superficies para caminar están dentro de 36 pulgadas, medidas horizontalmente y en línea recta, del acristalamiento.

Acristalamiento en guardas y barandillas

El acristalamiento en protecciones y barandas y paneles de relleno no estructurales, independientemente del área o la altura sobre una superficie para caminar se considerará como un lugar peligroso.

Acristalamiento y superficies mojadas

Acristalamiento en paredes, cerramientos o cercas que contienen o dan a bañeras de hidromasaje, spas, saunas, baños de vapor, bañeras, duchas y piscinas cubiertas o al aire libre donde el borde inferior expuesto del acristalamiento mide menos de 60 pulgadas medido verticalmente encima de cualquier superficie de pie o para caminar se considerará como un lugar peligroso.

Excepción

Acristalamiento de más de 60 pulgadas, medido horizontalmente y en línea recta, desde el borde del agua de una bañera, bañera de hidromasaje, spa o piscina o desde el borde de una ducha, sauna o baño de vapor.

Acristalamiento adyacente a escaleras y rampas

Acristalamiento donde el borde expuesto inferior del acristalamiento se encuentra a menos de 36 pulgadas sobre el plano de la superficie adyacente de las escaleras y rampas se considerarán un lugar peligroso.

Excepciones

  • Cuando se instale un riel en los lados accesibles del acristalamiento de 34 a 38 pulgadas sobre la superficie para caminar. El riel debe ser capaz de soportar una carga horizontal de 50 libras por pie lineal sin tocar el vidrio y tener una altura de sección transversal de no menos de 1-1/2 pulgadas.
  • Acristalamiento de 36 pulgadas o más medido horizontalmente desde la superficie para caminar.

Tragaluces y acristalamientos inclinados

Los tragaluces y el acristalamiento inclinado deben cumplir con las siguientes indicaciones.

Materiales de acristalamientos

Se permite el uso de los siguientes tipos de acristalamiento:

  • Vidrio totalmente templado.
  • Vidrio reforzado con calor.
  • Vidrio con cable.
  • Plásticos rígidos aprobados.

Pantallas generales

Para vidrio totalmente templado o reforzado con calor, se instalará una pantalla de retención debajo del vidrio, excepto para vidrio totalmente templado.

Pantallas con acristalamiento múltiple

Cuando el panel interior es de vidrio totalmente templado, reforzado con calor o cableado, se debe instalar una pantalla de retención debajo del vidrio.

Vidrio en invernaderos

Se permite instalar cualquier material de acristalamiento sin pantalla en las áreas inclinadas de los invernaderos, siempre que la altura del invernadero en la cresta no supere los 20 pies por encima del nivel.

Características de la pantalla

La pantalla y sus fijaciones deberán ser capaces de soportar el doble del peso del acristalamiento, estar firmemente y sustancialmente sujetos a los miembros de la estructura y tener una abertura de malla de no más de 1 pulgada por 1 pulgada.

Bordillos para claraboyas

Los tragaluces de la unidad instalados en un techo con una inclinación más plana con pendiente del 25 % se deben montar en una acera que se extienda no menos de 4 pulgadas sobre el plano del techo.

Garajes y cocheras

Superficie del piso

El área del piso utilizada para estacionar automóviles u otros vehículos debe estar inclinada para facilitar el movimiento de líquidos hacia un desagüe o hacia la puerta de entrada del vehículo principal.

Cocheras

Los garajes deberán estar abiertos en no menos de dos lados, Las superficies del piso deben ser de material no combustible. Las cocheras que no estén abiertas en dos o más lados se considerarán garajes y deberán cumplir con las disposiciones de esta sección para garajes.

Áreas de peligro de inundación

Para los edificios ubicados en áreas de peligro de inundación, los pisos del garaje deberán ser:

  1. Elevado por encima de la elevación de inundación de diseño.
  2. Ubicado debajo de la elevación de inundación de diseño, siempre que los pisos estén a nivel o por encima de la pendiente en no menos de un lado, se usen únicamente para estacionamiento, acceso al edificio o almacenamiento.

Abridores automáticos de puertas de garaje

Los abridores automáticos de puertas de garaje, deben estar listados y etiquetados de acuerdo con norma UL 325.

Rociadores contra incendios

Los garajes privados deberán estar protegidos por rociadores de combustible, los rociadores en garajes deben conectarse a un sistema de rociadores automáticos. Demás los rociadores de garaje deben ser rociadores residenciales o rociadores de respuesta rápida, diseñados para proporcionar una densidad de 0.05 gpm/ft.

Escape de emergencia y aperturas de rescate

Apertura de emergencia y rescate requerida

Los sótanos, los áticos habitables y todas las habitaciones deben tener no menos de una abertura de rescate. Cuando los sótanos contengan uno o más dormitorios, se requerirá una abertura de rescate y escape de emergencia en cada dormitorio. Las aberturas de escape se abrirán directamente en una vía pública o en un patio.

Excepciones

  1. Refugios para tormentas y sótanos utilizados solo para albergar equipos mecánicos que no excedan un área total de piso de 200 pies cuadrados.
  2. Se debe permitir que la abertura de escape se abra en un recinto de malla, abierto a la atmósfera.

Restricciones operativas y dispositivos de control de apertura

Las aberturas de escape deben estar operativas desde el interior de la habitación sin el uso de llaves. Se debe permitir el uso de dispositivos de control de apertura de ventanas que cumplan con ASTM F2090 en ventanas que sirvan como apertura de rescate.

Área mínima de apertura

Las aberturas de rescate de emergencia deben tener una abertura limpia neta de no menos de 5.7 pies cuadrados. Las dimensiones netas de abertura libre requeridas por esta sección se obtendrán mediante la operación normal de la abertura de escape y rescate de emergencia desde el interior. La abertura de altura libre neta no debe ser inferior a 24 pulgadas y el ancho libre neto no debe ser inferior a 20 pulgadas.

Altura del alféizar de la ventana

Cuando se proporcione una ventana como abertura de escape, deberá tener una altura de umbral de no más de 44 pulgadas sobre el piso.

Pozos de ventana

El área horizontal del pozo de la ventana no debe ser inferior a 9 pies cuadrados, con una proyección horizontal y un ancho no inferior a 36 pulgadas. El área del pozo de la ventana permitirá que la abertura de escape se abra por completo.

Excepción

Se debe permitir que la escalera o escalones invadan no más de 6 pulgadas en las dimensiones requeridas del pozo de la ventana.

Escalera y peldaños

Los pozos de ventana con una profundidad vertical superior a 44 pulgadas deben estar equipados con una escalera fijada permanentemente o escalones utilizables con la ventana en la posición completamente abierta. Las escaleras o peldaños deben tener un ancho interno de no menos de 12 pulgadas, deben proyectarse no menos de 3 pulgadas de la pared y deben estar espaciadas no más de 18 pulgadas en el centro.

Drenaje

Los pozos de las ventanas se diseñarán para un drenaje adecuado mediante la conexión al sistema de drenaje de cimientos del edificio.

Excepción

No se requiere un sistema de drenaje para pozos de ventanas donde la base esté en suelos bien drenados o suelos de mezcla de arena y grava.

Escapes de emergencia y aberturas de rescate debajo de terrazas y porches

Se permitirá que las aberturas de escape y rescate de emergencia se instalen debajo de terrazas y porches, siempre que la ubicación de la cubierta permita que las aberturas de escape se abran por completo y proporcione un camino de no menos de 36 pulgadas de altura a un patio.

Escape de emergencia y puertas de rescate

Cuando se proporcione una puerta como la abertura de rescate, se permitirá que sea una puerta con bisagras laterales o un deslizador.

Recintos de mampara

Los recintos de mampara deben proporcionar acceso directo desde el sótano. El cerramiento del mamparo deberá proporcionar la apertura libre neta mínima igual a la puerta en la posición totalmente abierta.

Adiciones de vivienda

Cuando ocurran adiciones de viviendas que contengan dormitorios, se proporcionará una abertura de escape en cada nuevo dormitorio. Cuando ocurran adiciones de viviendas que tengan sótanos, se proporcionará una abertura de rescate en el nuevo sótano.

Alteraciones o reparaciones de sótanos existentes

No se requiere una abertura de escape donde los sótanos existentes sufren alteraciones o reparaciones.

Medios de salida

Medios de salida

Las viviendas deberán contar con un medio de salida, estos deben proporcionar un camino continuo y sin obstáculos de recorrido de salida vertical y horizontal desde todas las partes de la vivienda hasta la puerta de salida requerida sin necesidad de viajar a través de un garaje. La puerta de salida requerida se abrirá directamente a una vía pública o a un patio.

Puerta de salida

La puerta de salida debe tener bisagras laterales y debe proporcionar un ancho libre de no menos de 32 pulgadas medido entre la cara de la puerta y el tope, con la puerta abierta 90 grados. La altura libre de la abertura de la puerta no será inferior a 78 pulgadas de altura medidas desde la parte superior del umbral hasta la parte inferior del tope.

No se requerirá que otras puertas cumplan con estas dimensiones mínimas. Las puertas de salida deben poder abrirse fácilmente desde el interior de la vivienda sin el uso de una llave o conocimiento o esfuerzo especial.

Pisos y descansos en puertas exteriores

Debe haber un relleno o piso a cada lado de cada puerta exterior. El ancho de cada rellano no será inferior a la puerta servida.

Excepción

Los balcones exteriores de menos de 60 pies cuadrados y solo accesibles desde una puerta pueden tener un relleno de menos de 36 pulgadas medido en la dirección de desplazamiento.

Elevaciones de piso en las puertas de salida requeridas

Los descansos o pisos terminados en la puerta de salida requerida no deben ser más de 1-1/2 pulgadas más bajos que la parte superior del umbral.

Excepción

El piso en el lado exterior no deberá estar a más de 7-3/4 pulgadas por debajo de la parte superior del umbral.

Elevaciones de piso para otras puertas exteriores

Las puertas que no sean la puerta de salida requerida deberán estar provistas de descansos o pisos a no más de 7-3/4 pulgadas por debajo de la parte superior del umbral.

Tormenta y puertas de pantalla

Se debe permitir que las puertas de tormenta y de malla se balanceen sobre escaleras exteriores y descansos.

Salida vertical

El egreso de los niveles habitables, incluidos los áticos y sótanos que no cuentan con una puerta de salida, se realizará por una rampa o una escalera.

Pasillos

El ancho de un pasillo no debe ser inferior a 3 pies.

Subida vertical

Un tramo de escaleras no debe tener una elevación vertical mayor de 147 pulgadas entre los niveles del piso o los descansos.

Peldaños de escalera y elevadores

Los peldaños de escalera y elevadores deben cumplir con los requisitos de esta sección. Para los propósitos de esta sección, las dimensiones y las superficies dimensionadas serán exclusivas de alfombras, tapetes o corredores.

Pisos de escalera compuestos de plástico exterior

Los peldaños de escaleras exteriores compuestos de plástico deben cumplir con las disposiciones de esta sección.

Descansos para escaleras

Habrá un piso o rellano en la parte superior e inferior de cada escalera. El ancho perpendicular a la dirección de viaje no será menor que el ancho del vuelo servido. Se permitirán aterrizajes de formas que no sean cuadradas o rectangulares, siempre que la profundidad en la línea de caminata y el área total no sea menor que la de un cuarto de círculo con un radio igual al ancho de aterrizaje requerido.

Excepción

No se requiere un piso o rellano en la parte superior de un tramo de escaleras interior, incluidas las escaleras en un garaje cerrado, siempre que una puerta no se balancee sobre las escaleras.

Superficie para caminar en la escalera

La superficie para caminar de los peldaños y los descansos de las escaleras deben tener una pendiente no más pronunciada que una unidad vertical en 48 pulgadas horizontales (pendiente del 2 %).

Pasamanos

Estos se proporcionarán en no menos de un lado de cada carrera continua de la banda de rodadura o vuelo con cuatro o más elevadores.

Altura

La altura de la barandilla, medida verticalmente desde el plano inclinado adyacente a la superficie de acabado de la pendiente de la rampa, no deberá ser inferior a 34 pulgadas y no superior a 38 pulgadas.

Excepciones

Uso de desvío o alivio inicial

Cuando se usen accesorios o dobleces de pasamanos para proporcionar una transición continua entre vuelos, se permitirá que la altura del pasamanos en los accesorios o dobleces exceda 38 pulgadas.

Dispositivos de banda de rodadura alterna

Los dispositivos alternos de la banda de rodadura no deben usarse como un medio de salida. Se deben permitir estos, siempre que los medios requeridos de escalera o rampa de salida sirvan al mismo espacio en cada nivel contiguo o donde no se requiera un medio de salida. El ancho libre en y debajo de los pasamanos no debe ser inferior a 20 pulgadas.

Escaleras de barcos

Las escaleras de buques no se utilizarán como un medio de salida. Se deben permitir las escaleras de barcos siempre que un medio de salida requerido de escalera o rampa sirva el mismo espacio en cada nivel contiguo o donde no se requiera un medio de salida.

Rampas

Pendiente máxima

Las rampas que sirven a la puerta de salida deben tener una pendiente de no más de 1 unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente del 8.3 %). Todas las demás rampas deberán tener una pendiente máxima de 1 unidad vertical en 8 unidades horizontales (12.5 %).

Excepción

Cuando sea técnicamente imposible de cumplir debido a las limitaciones del sitio, las rampas deberán tener una pendiente de no más de 1 unidad vertical en 8 unidades horizontales (12.5 %).

Desembarques requeridos

Debe haber un piso o rellano en la parte superior e inferior de cada rampa, donde las puertas se abren a las rampas, y donde las rampas cambian de dirección. El ancho del rellano perpendicular a la pendiente de la rampa no debe ser inferior a 36 pulgadas.

Pasamanos requeridos

Los pasamanos se proporcionarán en no menos de un lado de las rampas que excedan una pendiente de 1 unidad vertical en 12 unidades horizontales (pendiente del 8.33 %).

Altura

La altura de la barandilla, medida por encima de la superficie terminada de la pendiente de la rampa, no deberá ser inferior a 34 pulgadas y no superior a 38 pulgadas.

Protecciones contra caidas de ventanas

Guardias

Los resguardos deben ubicarse a lo largo de superficies para caminar con lados abiertos, incluidas escaleras, rampas y descansos, que se encuentren a más de 30 pulgadas medidos verticalmente al piso o nivelar debajo en cualquier punto dentro de 24 pulgadas horizontalmente al borde del lado abierto.

Altura

Las protecciones requeridas en las superficies para caminar de lados abiertos, incluidas las escaleras, los porches, los balcones o los descansos, deben tener una altura de no menos de 36 pulgadas.

Limitaciones de apertura

Los protectores requeridos no deben tener aberturas desde la superficie para caminar hasta la altura de protección requerida que permita el paso de una esfera de 4 pulgadas de diámetro.

Ventana de protección contra caídas

Se debe proporcionar protección contra caídas de ventanas.

Alféizares de ventanas

En unidades de vivienda, donde la parte superior del alféizar de una abertura de ventana operable se encuentra a menos de 24 pulgadas sobre el piso terminado y a más de 72 pulgadas sobre el nivel terminado u otra superficie debajo del exterior del edificio.

Dispositivos de control de apertura de ventanas

Los dispositivos de control de apertura de ventanas deben cumplir con ASTM F2090. El dispositivo de control de apertura de la ventana, después de la operación para liberar el dispositivo de control que permite que la ventana se abra completamente.

Alarmas de humo

General

Las alarmas de humo deben cumplir con la norma NFPA 72.

Listados

Las alarmas de humo se enumerarán de acuerdo con la norma UL 217. Las alarmas combinadas de humo y monóxido de carbono se enumerarán de acuerdo con la norma UL 217 y UL 2034.

Nueva construcción

Se deben proporcionar alarmas de humo en las unidades de vivienda.

Alteraciones, reparaciones y adiciones

Cuando ocurran modificaciones, reparaciones o adiciones que requieran un permiso, o cuando se agreguen o se creen uno o más dormitorios en viviendas existentes, la unidad de vivienda individual deberá estar equipada con alarmas de humo ubicadas según sea necesario para viviendas nuevas.

Ubicación

Las alarmas de humo se instalarán en las siguientes ubicaciones:

  1. En cada habitación para dormir
  2. Fuera de cada área de dormir separada en las inmediaciones de las habitaciones.
  3. En cada sitio adicional de la vivienda, incluidos sótanos y áticos habitables y sin incluir espacios de arrastre y áticos inhabitables.
  4. Las alarmas de humo deben instalarse no menos de 3 pies horizontalmente desde la puerta o la abertura de un baño que contenga una bañera.

Interconexión

Cuando se requiera instalar más de una alarma de humo dentro de una unidad de vivienda individual, los dispositivos de alarma deberán estar interconectados de tal manera que la activación de una alarma active todas las alarmas en la vivienda.

Alarmas combinadas

Las alarmas combinadas de humo y monóxido de carbono se permitirán en lugar de las alarmas de humo.

Fuente de alimentación

Las alarmas de humo recibirán su energía primaria del cableado del edificio donde se sirve dicho cableado desde una fuente comercial y, cuando se interrumpe la energía primaria, recibirán energía de una batería. El cableado debe ser permanente y sin un interruptor de desconexión.

Sistemas de alarma contra incendios

Se debe permitir el uso de sistemas de alarma contra incendios en lugar de detectores de humo.

Disposiciones generales

Los sistemas de alarma contra incendios deberán cumplir con las disposiciones del código y las disposiciones de los equipos domésticos de advertencia de incendios de NFPA 72.

Accesorio permanente

Cuando se instala un sistema de alarma contra incendios en el hogar, se convertirá en un elemento permanente de la ocupación.

Detectores combinados

Se permitirá la instalación de detectores combinados de humo y monóxido de carbono en sistemas de alarma contra incendios en lugar de detectores de humo.

Plástico de espuma

General

Las disposiciones de esta sección regirán los materiales, el diseño, la aplicación, la construcción y la instalación de materiales plásticos de espuma.

Etiquetado e identificación

Los paquetes y contenedores de aislamiento de plástico de espuma que se entreguen en el lugar de trabajo deberán llevar la etiqueta de una agencia aprobada que muestre el nombre del fabricante, la lista de productos, la identificación del producto y la información suficiente para determinar que el uso final cumplirá con los requisitos.

Barrera térmica

El plástico de espuma debe estar separado del interior de un edificio por una barrera térmica aprobada de no menos de 1/2 pulgada de paneles de yeso, madera de 23/32 pulgadas panel estructural.

Aprobación específica

El plástico de espuma se aprobará específicamente en base a una de las siguientes pruebas aprobadas:

NFPA 286, FM 4880, UL 1040 o UL 1715 o pruebas de incendio relacionadas con configuraciones de uso final reales. La aprobación se basará en la configuración real de uso final y se realizará en el conjunto de plástico de espuma terminado en el espesor máximo previsto para su uso. Los conjuntos probados deben incluir costuras, juntas y otros detalles típicos utilizados en la instalación del conjunto y deben ser probados de la manera prevista para su uso.

Resistencia al viento

El aislamiento de espuma de plástico que cumpla con las normas ASTM C578 y ASTM C1289 y se use como revestimiento de pared exterior en ensamblajes de pared enmarcados debe cumplir con la norma SBCA FS 100 para resistencia a la presión del viento.

Protección de madera y productos a base de madera contra la decadencia

Marca de calidad

La madera y la madera contrachapada que deben tratarse con conservantes de presión deben tener la marca de calidad de una agencia de inspección aprobada que mantenga una supervisión, y que haya sido aprobado por un organismo de acreditación que cumple con los requisitos del programa de madera tratada del American Lumber Standard Committee.

Sujetadores y conectores de madera tratada

Los sujetadores, incluidas las tuercas y arandelas, y los conectores en contacto con madera tratada con conservantes y madera tratada con retardante de fuego deben cumplir con esta sección. Los pesos de recubrimiento para los sujetadores recubiertos de zinc deben estar de acuerdo con la norma ASTM A153. Los sujetadores accionados por acero inoxidable deben cumplir con los requisitos de material de la norma ASTM F1667.

Protección contra las termitas

Protección de termitas

La protección contra termitas debe ser provista por Termiticida registrados, incluidos los pesticidas aplicados al suelo, los sistemas de cebo y los pesticidas aplicados a la madera u otros métodos aprobados de protección contra termitas etiquetados para su uso como tratamiento preventivo en nuevas construcciones.

Una vez completada la aplicación del tratamiento de protección de termitas, la compañía de control de plagas con licencia emitirá un Certificado de Cumplimiento al departamento de construcción.

Penetración

Las mangas protectoras alrededor de las tuberías que penetran los pisos de losa de concreto no deben ser de materiales que contengan celulosa. Si se utiliza el tratamiento del suelo para la protección de termitas subterráneas, el manguito debe tener un espesor de pared máximo de 0.010 pulgadas, y se sellará dentro de la losa utilizando un dispositivo de sujeción no corrosivo para eliminar el espacio anular entre el tubo y el manguito.

Limpieza

Las celdas y cavidades en las unidades de mampostería y los espacios de aire entre las carillas de ladrillo, piedra o mampostería y la estructura deben limpiarse de toda madera no tratada con conservantes u otro material que contenga celulosa antes de la colocación del concreto.

Excepción

El material inorgánico fabricado para cerrar celdas en la construcción de la unidad de mampostería de concreto de cimentación o relleno de tierra limpia colocado en la unidad de mampostería de concreto, se vacía por debajo del nivel de la losa antes de realizar el tratamiento de termitas.

Cornisa de hormigón

El ladrillo, la piedra u otra chapa deben estar soportados por una repisa de hormigón al menos igual al espesor total del ladrillo, la piedra u otra chapa que se vierte integralmente con la base de concreto. No se utilizarán cimientos de concreto suplementarios que creen una junta fría oculta sin tratamiento complementario en los cimientos a menos que haya una barrera física aprobada.

También se debe instalar una barrera física aprobada desde debajo de la placa de alféizar de la pared o del bloque de protección horizontal para incrustar en una junta de mortero. Si la chapa de mampostería se extiende por debajo del grado, se debe aplicar un tratamiento de protección contra termitas a la cavidad creada entre la chapa y la base, en lugar de una barrera física.

Inspección de termitas

Con el fin de proporcionar una inspección para la infestación de termitas, el espacio libre entre los revestimientos de las paredes exteriores y el grado de tierra final en el exterior de un edificio no debe ser inferior a 6 pulgadas.

Excepciones

  1. Pintura o acabado cementoso decorativo de menos de 518 pulgadas de espesor adherido directamente a la pared lateral de la base de mampostería.
  2. Rampas de acceso o vehículos que se elevan hasta la elevación del piso de acabado interior para el ancho de tales rampas solamente.
  3. Un espacio de inspección de 4 pulgadas sobre las losas de patio y garaje y las áreas de entrada.

Dirección del sitio

Identificación de dirección

Los edificios deberán contar con una identificación de dirección aprobada. La identificación de la dirección será legible y se colocará en una posición que sea visible desde la calle o carretera que da a la propiedad. Los caracteres de identificación de dirección deben contrastar con sus antecedentes. Los números de dirección serán números arábigos o letras alfabéticas.

Los números no se deletrearán. Cada carácter debe tener no menos de 4 pulgadas de altura con un ancho de trazo de no menos de 0.5 pulgadas. Cuando el acceso se realiza por medio de un camino privado y la dirección del edificio no se puede ver desde la vía pública, se utilizará un monumento, poste u otro signo o medio para identificar la estructura.

Construcciones resistentes a las inundaciones

General

Edificios y estructuras construidos en su totalidad o en parte en áreas de peligro de inundación, incluidas las zonas A o V y las zonas costeras A, deberán cumplir con las disposiciones asociadas con el área de riesgo de inundación más restrictiva. Los edificios y estructuras ubicados en su totalidad o en parte en vías de inundación identificadas se diseñarán y construirán de acuerdo con la norma ASCE 24.

Áreas de peligro de inundación (incluidas las zonas A)

Las áreas que se ha determinado que son propensas a inundaciones y que no están sujetas a la acción de olas de alta velocidad se designarán como áreas de peligro de inundación. Las áreas de peligro de inundación que han sido delineadas como sujetas a alturas de olas entre 1-1/2 pies y 3 pies o designadas de otra manera por la jurisdicción se designarán como Zonas Costeras A.

Áreas costeras de alto riesgo (incluidas las zonas V y las zonas costeras A)

Las áreas que se han determinado que están sujetas a alturas de olas de más de 3 pies o que están sujetas a la acción de olas de alta velocidad o erosión inducida por olas se designarán como áreas costeras de alto riesgo. Las áreas de peligro de inundación que han sido designadas como sujetas a alturas de olas entre 1-1/2 pies y 3 pies o designadas de otra manera por la jurisdicción se designarán como Zonas Costeras A.

Refugios de tormenta

General

Esta sección se aplica a los refugios para tormentas donde se construyen como edificios separados independientes o donde se construyen como cuartos seguros dentro de los edificios con el fin de proporcionar refugio contra tormentas que producen vientos fuertes, como huracanes.

Estos refugios para tormentas se construirán de acuerdo con la norma ICC/NSSA-500.

Sistemas de energía solar

General

Los sistemas de energía solar deberán cumplir con las disposiciones de esta sección.

Sistemas termosolares

Se diseñarán e instalarán de acuerdo al Código de Prevención de Incendios de Florida.

Sistemas fotovoltaicos

Los sistemas fotovoltaicos deben diseñarse e instalarse de acuerdo con la norma NFPA 70. Los inversores deben estar listados y etiquetados de acuerdo con la norma UL 1741. Los sistemas conectados a la red de servicios públicos deben usar inversores listados para la interacción de los servicios públicos.

Mezzanines

Entrepisos

La altura libre por encima y por debajo de la construcción del piso del entrepiso no debe ser inferior a 7 pies.

Limitación de área

El área total de un entrepiso o entrepisos no debe ser mayor que un tercio del área del piso de la habitación o el espacio en el que están ubicados.

Franqueza

Los entrepisos deben estar abiertos y sin obstáculos a la habitación en la que se encuentran, excepto para paredes de no menos de 36 pulgadas de altura y no más de 42 pulgadas de altura, columnas y postes.

Excepciones

  • No se requiere que los entrepisos o partes de los mismos estén abiertos a la habitación en la que están ubicados, siempre que el área del piso agregado del espacio cerrado no sea mayor al 10 % del área del entrepiso.
  • En edificios que no se encuentren a más de dos pisos por encima del plano del nivel y que estén equipados con un sistema de rociadores automáticos de acuerdo con la norma NFPA 13R, no se requerirá un entrepiso abierto en la sala en el que se encuentra el entrepiso.

Piscinas, spas y tuberías calientes

General

El diseño y la construcción de piscinas y spas deberán cumplir con el Capítulo 45 del código de construcción residencial de la Florida por nombre piscinas privadas.

Ruido del aeropuerto

Directrices de estudio de ruido del aeropuerto

La Ley de Seguridad de Aviación y Reducción del Ruido de 1979 14 CFR del (Departamento de Transporte de EE. UU.) Que incluye revisiones hasta enero de 2005 y por la presente se adoptó como una guía para establecer el control de ruido del aeropuerto.

Cuando un gobierno local lo requiera por ordenanza local para proporcionar atenuación de ruido en una nueva estructura o adición a una estructura existente cerca de un aeropuerto en el área del gobierno local, el solicitante debe proporcionar:

  • Certificado de prueba de un laboratorio de pruebas de ruido que indique que una nueva estructura o adición a la estructura existente construida para los planes de ingeniería presentados logrará una reducción mínima promedio de DBA igual o mayor que la reducción requerida.
  • Sentencia de ingeniería firmada y sellada por un ingeniero de que la estructura o adición construida a los planes de ingeniería presentados logrará una reducción mínima promedio de DBA igual o mayor que la reducción requerida.
  • Planes que utilizan los estándares contenidos en las "Pautas para el aislamiento acústico de las residencias expuestas a operaciones de aeronaves" preparadas para el Departamento de la Marina.